Licencia de Primera Ocupación y Funcionamiento
Una vez finalizada la actuación (*) por la que se ha solicitado LICENCIA URBANÍSTICA, es de aplicación la realización de una visita de inspección (LPOF) para la comprobación de que las obras realizadas, y la actividad implantada, se ajustan a la licencia concedida y a la normativa vigente.
Una vez realizada la visita de comprobación favorable, desde AUCATEL emitiremos el Certificado de Conformidad LPOF que es suficiente por sí mismo y equivalente, en su totalidad, al informe técnico municipal.
Una vez emitido el Certificado de Conformidad procederemos a registrarlo en el Ayuntamiento, iniciándose en ese momento el plazo de quince días para que éste emita la licencia de funcionamiento.
- (*) En los casos de nueva planta y de reestructuración general son preceptivas la visita de inicio y la de final de obra previas a la visita de inspección LPOF.
- (**) En cualquier fase de ejecución de la obra, a petición del interesado, realizaremos una visita voluntaria para la comprobación de la misma.
Documentación Licencia de Primera Ocupación y Funcionamiento
Aucatel
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