ORGANISMO DE CERTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

Fruto de nuestra experiencia AUCATEL fue el primer Organismo de Certificación Administrativa acreditado por la Generalitat Valenciana para la inspección de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos sujetos a la Ley 14/2010. La autorización de nuestra entidad comprende todas las categorías (A, B y C), sin límite de superficie y aforo.

AUCATEL es la entidad líder en la inspección de todo tipo de Actividades Eventuales y Espectáculos Públicos de la Comunidad Valenciana. Además realizamos la inspección de todo tipo de Establecimientos Públicos y Actividades Recreativas sometidas a los procedimientos de Declaración Responsable y Autorización Administrativa.

    • Grupo A : Actuaciones en establecimientos sujetos a Declaración Responsable (Art. 9 de la Ley 14/2010)
    • Grupo B : Establecimientos sujetos a Autorización con aforo limitado a 3.000 personas en locales cubiertos y 10.000 en descubiertos  (Art. 10 de la Ley 14/2010)
    • Grupo C : Actuaciones en establecimientos sin limitación de ningún tipo

    Además, en una misma visita, los técnicos acreditados de AUCATEL le realizan la inspección de su actividad, la auditoría acústica y las inspecciones de seguridad industrial (Baja Tensión, Climatización, Ascensores, …) que sean necesarias para que disponga de autorización antes de la apertura del establecimiento. Si las inspecciones realizadas son favorables, en el mismo día, dispondrá de la autorización para poder abrir su establecimiento con la confianza y seguridad de que éste cumple con la normativa vigente y estará totalmente amparado ante cualquier eventualidad que pudiera surgir.

    Según el Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, en su artículo 12, indica que el titular de un Establecimiento Público, Actividad Recreativa o Espectáculo Público, podrá ejercer su actividad EXCLUSIVAMENTE en los siguientes supuestos:

    • Con Carácter Definitivo:
      • Si dispone de Licencia Municipal Otorgada por el Ayuntamiento
      • Declaración Responsable junto con el Certificado de Conformidad de un OCA, acreditando el cumplimiento de la normativa en vigor.
    • Con Carácter Provisional y BAJO SU RESPONSABILIDAD:
      • Si dispone de acta de comprobación favorable, después de girada la visita de comprobación municipal, hasta el otorgamiento de la Licencia Municipal
      • Si el Ayuntamiento sobrepasa el plazo de 1 mes en girar la visita de inspección, previa comunicación al órgano municipal competente.

    Por tanto, la opción más rápida y eficiente para abrir su establecimiento con la total seguridad es realizar la contratación de los servicios de un Organismo de Certificación Administrativa, y AUCATEL es su mejor opción

    Aucatel

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