La Agencia de Actividades nos ha hecho llegar el siguiente criterio interpretativo relativo a la tramitación de actuaciones urbanísticas en Establecimientos y Locales con Espectáculos o Actividades previstas en la LEPAR (Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid y su modificación Ley 4/2013 de 4 de julio)

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