Icono_pdf

Consulta a la Dirección General de Control de la Edificación, Secretaria Permanente dela Comisión Técnica de Seguimiento e Interpretación de la O.M.T.L.U., sobre si es procedente aplicar lo dispuesto en el art. 76 de la OPI en la creación de una nueva sala de calderas en la planta de cubierta de un edificio de uso residencial.

En el CTE, dentro de las exigencias básicas de ahorro de energía se establece la referida al rendimiento de las instalaciones térmicas cuyo desarrollo se remite al RITE. Este reglamento constituye el marco normativo básico en el que se regulan las exigencias de eficiencia energética y de seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios para atender la demanda de bienestar e higiene de las personas.